sábado, 20 de abril de 2013


Disposiciones legales en Argentina sobre acceso Web

En Argentina hay una nueva disposición legal que facilita el acceso web a los discapacitados. En entradas anteriores a este blog se estuvo comentando sobre la accesibilidad para personas con discapacidad, pero me pareció interesante incluir  esta noticia acerca del marco jurídico que rodea a esta temática.
Según una nota publicada el dia 8 de este mes en el sitio web americaeconomia.com, comentaba que ese día se publicó en el Boletín Oficial el Decreto 355/2013 (que forma parte de la Ley 26.653) con las firmas de la presidenta Cristina Fernández de Kirchner y del Jefe de Gabinete, Juan Manuel Abal Medina.
La Ley de Accesibilidad reconoce la necesidad de facilitar el acceso a los contenidos de los sitios Web a todas las personas con discapacidad y así garantizarles la igualdad real de oportunidades y trato, evitando todo tipo de discriminación.
“Dicho reconocimiento constituye un elemento esencial para garantizar el derecho a la libertad de expresión y opinión, incluida la libertad de recabar, recibir y facilitar información e ideas, en igualdad de condiciones mediante cualquier forma de comunicación”, dice en este Decreto.
La normativa también busca que la información de las páginas Web pueda ser comprendida y consultada por usuarios que posean diversas configuraciones en sus navegadores y computadoras.
El Decreto también expresa que la sanción de la Ley 26.378, “mediante la cual se aprobó la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su protocolo facultativo, representa un avance significativo en la promoción y protección de los derechos y la dignidad de las personas con discapacidad por cuanto procura eliminar las barreras que impiden su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con los demás”.
Agrega además que “la promoción del pleno goce de los derechos humanos y las libertades fundamentales por las personas con discapacidad y de su plena participación tendrá como resultado un mayor sentido de pertenencia de estas personas y avances significativos en el desarrollo económico, social y humano de la sociedad”.

2 comentarios:

  1. Es muy gratificante que la Ley Argentina respalde la accesibilidad web tanto para personas con discapacidad como tambien para usuarios que posean diversas configuraciones en sus navegadores y computadoras. Como pudimos estudiar en la materia Comercio Electronico, dictada en la UNC por la Mgter. Carola Jones, el uso de Internet y sus herramientas estan en auge de desarrollo en Latinoamerica por lo que aun hay algunos aspectos legales que han sido dejados de lado o aun no han sido tenidos en cuenta como la seguridad informatica, la propiedad intelectual o la privacidad y proteccion de datos. Empezar a escuchar y leer sobre Decretos del Poder Ejecutivo Nacional ocupandose de nuestra Sociedad de Informacion, nos indica un camino que comienza a transitarse.

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  2. Ley nacional Nº 26.653 en su artículo 12 invita a todas las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherirse.
    Las provincias de Chaco, Chubut, Corrientes, Jujuy y ya se encuentran adheridas. Misiones, Neuquén y Río Negro buscan adherirse.
    Para el resto de las provincias no encontre ni ley ni proyecto.

    Fuentes:
    http://www.goyaopina.com.ar/?p=11390
    http://www.legisrn.gov.ar/DIARIO/D00835.PDF
    www.hcdcorrientes.gov.ar/boletin/Expte%206434.doc
    http://www.todojujuy.com/locales/jujuy-adhiere-a-la-ley-de-accesibilidad-de-la-informacion-en-paginas-web-para-personas-con-discapacidad_10219
    http://chubutparatodos.com.ar/2011/11/17/accesibilidad-en-paginas-web/
    www.diputadosmisiones.gov.ar/blob.php?archivo=817849.rtf...0‎
    http://www.legisrn.gov.ar/lrn/?p=6079
    http://www.legislaturaneuquen.gov.ar/hln/documentos/VerTaqui/XLII/AnexoReunion9/Proyecto8065.pdf

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